Control cambiario: ¿Sí o no?
Limitar las operaciones bancarias con dólares, ¿pondrá fin al lavado de dinero mal habido? ¿El fin del lavado de dinero terminará con el narcotráfico
Es correcto que el gobierno regule las operaciones bancarias relacionadas con la compra – venta de dólares? La pregunta llama la atención porque la respuesta es indudable: No, no es correcto que el gobierno regule el mercado cambiario, señalando quién sí y quién no debe participar en él, y con cuánto sí y con cuánto no se puede participar, como tampoco es correcto que prohíba cualquier participación, independientemente del monto de divisas involucrado, y todo ello por una razón muy sencilla: la compra – venta de divisas no es una actividad delictiva por su propia naturaleza (siendo delictivas por su propia naturaleza las actividades que atentan contra la vida, la integridad física, la libertad y la propiedad de los demás), razón por la cual no debe ser, ni regulada, ni mucho menos impedida, por el gobierno, cuya tarea es prohibir que nos hagamos daño los unos a los otros y, de fracasar, castigar a quien dañe a otro y, en la medida de lo posible, resarcir a quien resultó dañado.
Lo que hay que tener muy claro es que la compra - venta de dólares, independientemente del origen de los mismos, ¡asunto muy distinto!, no es una actividad delictiva por su propia naturaleza, razón por la cual su regulación o prohibición, de parte del gobierno, resulta arbitraria, ¡viola la libertad para intercambiar de las personas!, teniendo como consecuencia, ¡como que dos más dos son cuatro!, el surgimiento de mercados informales, tal y como sucede cada vez que el gobierno, cualquiera que éste sea, intenta regular, eligiendo quién sí y quién no debe participar, y escogiendo con cuánto sí y con cuánto no se puede participar, los mercados, que no son otra cosa más que la relación de intercambio entre oferentes y demandantes, mismos que, al no poder actuar dentro de los marcos de la formalidad, y al no poder hacerlo porque el gobierno limita o prohíbe dicha actuación, lo hacen en los terrenos más libres de la informalidad. Todo ello, insisto, como que dos más dos son cuatro y, si no, al tiempo…, al tiempo.
¿Que la intención del gobierno al regular las operaciones bancarias con dólares es evitar el lavado del dinero mal habido, producto del tráfico de drogas? Puede ser, pero no hay que olvidar que del plato a la boca se cae la sopa, o, dicho de otra manera, que una es la intención del legislador y otra la consecuencia que, una vez promulgada, tendrá la regla, gran lección ésta que nos deja el análisis económico del Derecho, que se pregunta, no por las intenciones del legislador, sino por las consecuencias de la regla.
Limitar las operaciones bancarias con dólares, ¿pondrá fin al lavado de dinero mal habido? Y, suponiendo que se ponga fin a dicho lavado, mismo que, por su propia naturaleza, no es una actividad delictiva, ¿se terminará por ello con el narcotráfico (que, dicho sea de paso, tampoco es una actividad delictiva por su propia naturaleza)? La respuesta a las dos preguntas es ¡Sí, cómo no!
Lo que hay que tener muy claro es que la compra - venta de dólares, independientemente del origen de los mismos, ¡asunto muy distinto!, no es una actividad delictiva por su propia naturaleza, razón por la cual su regulación o prohibición, de parte del gobierno, resulta arbitraria, ¡viola la libertad para intercambiar de las personas!, teniendo como consecuencia, ¡como que dos más dos son cuatro!, el surgimiento de mercados informales, tal y como sucede cada vez que el gobierno, cualquiera que éste sea, intenta regular, eligiendo quién sí y quién no debe participar, y escogiendo con cuánto sí y con cuánto no se puede participar, los mercados, que no son otra cosa más que la relación de intercambio entre oferentes y demandantes, mismos que, al no poder actuar dentro de los marcos de la formalidad, y al no poder hacerlo porque el gobierno limita o prohíbe dicha actuación, lo hacen en los terrenos más libres de la informalidad. Todo ello, insisto, como que dos más dos son cuatro y, si no, al tiempo…, al tiempo.
¿Que la intención del gobierno al regular las operaciones bancarias con dólares es evitar el lavado del dinero mal habido, producto del tráfico de drogas? Puede ser, pero no hay que olvidar que del plato a la boca se cae la sopa, o, dicho de otra manera, que una es la intención del legislador y otra la consecuencia que, una vez promulgada, tendrá la regla, gran lección ésta que nos deja el análisis económico del Derecho, que se pregunta, no por las intenciones del legislador, sino por las consecuencias de la regla.
Limitar las operaciones bancarias con dólares, ¿pondrá fin al lavado de dinero mal habido? Y, suponiendo que se ponga fin a dicho lavado, mismo que, por su propia naturaleza, no es una actividad delictiva, ¿se terminará por ello con el narcotráfico (que, dicho sea de paso, tampoco es una actividad delictiva por su propia naturaleza)? La respuesta a las dos preguntas es ¡Sí, cómo no!
Por Arturo Damm
post.RLB.Punto Politico.
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